¿Fideicomiso o sociedad?

Es bien sabido que en México las personas de nacionalidad extranjera no pueden adquirir bienes inmuebles en las playas ni en las fronteras, en lo que jurídicamente se denomina como zona restringida; no obstante la Ley establece que pueden constituir un fideicomiso a través de un Banco para su uso y disfrute. Sin embargo, las leyes mexicanas permiten que una sociedad mexicana (aún con participación extranjera) adquiera bienes inmuebles en la zona restringida (para fines comerciales); esta ambigüedad junto con la equívoca noción de un abaratamiento de los costos, ha generado que gran parte de las adquisiciones de bienes inmuebles en la Riviera Maya se lleve a cabo a través de sociedades mexicanas con socios de nacionalidad extranjera. Esto ha traído como consecuencia la creación de empresas “fantasmas”, es decir, que realmente no operan en el comercio.

Es primordial saber que la constitución de una sociedad mexicana conlleva muchas obligaciones de carácter fiscal, legal y migratorio, lo cual deriva en la necesidad de contratar a profesionales en materia contable o fiscal para el cabal cumplimiento de sus obligaciones.

También es importante señalar que la empresa debe ser operada por un representante legal, y que las personas de nacionalidad extranjera si bien no necesitan un permiso especial de migración para constituir una sociedad, sí lo requieren para fungir como representante de una empresa, lo cual no resulta tan sencillo y a la larga se vuelve más oneroso que constituir un fideicomiso con un Banco.

El fideicomiso impone la obligación de cubrir una cuota anual por su administración y confiere a los fideicomisarios todos los derechos de propietario, pudiendo arrendar, subarrendar, otorgar en garantía y demás acciones propias de un propietario.

De tal manera que si la finalidad de la adquisición de propiedades en zona restringida es únicamente para efectos residenciales y veraneo, se recomienda por supuesto la constitución de un fideicomiso a través de un Banco. Empero, si existe una intención real de hacer negocios en México, invertir en proyectos y producir riqueza, solo en ese caso sería recomendable constituir una empresa mexicana y adquirir bienes inmuebles en consecuencia.

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